LA SEMANA SANTA EN BENAVENTE DURANTE
LA SEGUNDA REPÚBLICA (1)
Contexto histórico
El advenimiento de la Segunda República Española va a suponer un periodo de cambios drásticos en el orden religioso a nivel y ámbito general, los cuales constituirán una ruptura con respecto al régimen monárquico anterior y tradicional grado de confesionalidad del Estado. Esta considerable indisposición se manifestará en una fuente de conflictos entre las instituciones religiosas católicas y las nuevas autoridades republicanas.
La aplicación de una nueva legislación y marco de relaciones entre el nuevo Estado republicano y la Iglesia va a suponer en parte la puesta en práctica de una política restrictiva y de distanciamiento con respecto a la llevada a cabo durante la etapa anterior de la monarquía alfonsina. Ello va a conllevar también unos años de cambios e incertidumbres para la Iglesia y sus fieles, que ven con recelo tras las primeras medidas de secularización del recién estrenado régimen republicano y sucesos como la quema de conventos en Madrid y otras provincias acontecidas en mayo de 1931. Estas drásticas reformas con respecto a la Iglesia tendrán su marco de referencia principal en los artículos de la Constitución de 1931 y principalmente en el artículo 26 de misma.
En general estos cambios suponen ciertas restricciones y limitaciones a las manifestaciones de los actos de culto católico. Las procesiones de la Semana Santa del año 1931 se desarrollaron con toda normalidad pues las celebraciones de Semana Santa tuvieron lugar con anterioridad a la fecha de proclamación de la República el 14 de abril de 1931, y por tanto de las medidas que en materia religiosa adoptaría el nuevo régimen político. Las disposiciones y actuaciones en este sentido se producirían a partir del otoño de dicho año. En ocasiones sobre todo durante el “bienio azañista” (diciembre de 1931- septiembre de 1933) los ayuntamientos o sus juntas gestoras prohíben u obstaculizan las exhibiciones externas de culto, alegando entre otras razones la preservación del necesario orden público, ya que dichos actos podrán general ciertos enfrentamientos y tumultos. Un asunto de conflicto entre el poder local y la Iglesia se presenta con motivo de la Semana Santa, cuya celebración constituyen un acto de exaltación llena de exteriorización costumbrista y plena de profundo significado religioso desde tiempos inmemoriales. Tras el paréntesis del llamado “bienio negro” (noviembre de 1933-febrero de 1936), presidido por el centro-derecha, dicha actitud se mitiga en cierta medida, finalmente la situación conflictiva retornará tras las elecciones de febrero de 1936.
A este distanciamiento contribuyeron también algunas disposiciones gubernativas y medidas laicistas. Durante el periodo de la Segunda República será preceptiva la autorización del gobierno civil de cada provincia para la celebración de las procesiones y de otras manifestaciones externas de culto. Por ello los organizadores de las mismas deberán adquirir expresamente el compromiso de preservar el orden público. En cuanto a la representación oficial en las procesiones no podrán aparecer o figurar en el desfile las autoridades civiles, como era secular costumbre en las exhibiciones procesionales durante el régimen monárquico fenecido, solamente podrán hacerlo a título personal e individualmente, sin representatividad u ostentación alguna.
En el conjunto del país estas medidas de tinte jacobino y anticlerical empañaron las reformas globales y positivas que en otros campos fueron emprendidas por la Segunda República, granjeándose con ello la antipatía de amplios sectores moderados de la población. Las reformas emprendidas en el ámbito religioso se abordaron en conjunto de una manera drástica y desacertada, sin la necesaria reflexión serena y madura. Faltó quizá la habilidad y la prudencia necesaria para no herir susceptibilidades o sentimientos y compensar con otras medidas aceptables a quienes pudiesen sentirse agraviados. En Benavente la actitud moderada del alcalde socialista, el maestro Don Alfredo Rodríguez Enríquez, católico confeso, y valorado por su carácter conciliador y dialogante, va a mitigar los efectos de algunas iniciativas impulsadas o actuaciones propiciadas por los representantes más radicales de la izquierda local.
AUTORIZACIONES PARA CELEBRAR LAS PROCESIONES EN LA SEMANA SANTA DE 1932
Presentamos a continuación dos documentos sobre las actuaciones en materia de administración y política religiosa durante la Segunda República en Benavente, los cuales arrojan luz concretamente sobre la organización y celebración de las procesiones de Semana Santa durante los primeros años del régimen republicano, concretamente sobre el año 1932.
DOCUMENTO 1
AUTORIZACIÓN A LAS COFRADÍAS DE LA SEMANA SANTA DE BENAVENTE PARA CELEBRAR SUS PROCESIONES. 1932
Transcripción del documento
Gobierno Civil de la Provincia de Zamora
Negociado 3º
Número 239
Ayuntamiento de Benavente
Entrada Núm. 224
Negociado S
Fecha 3 del 3 de 1932
Vista una instancia de los presidentes de las Cofradías, de esa ciudad, solicitando autorización para celebrar las procesiones de la llamada semana santa, he acordado acceder a lo que solicitan siempre que Ud. garantice el mantenimiento del orden público y previniéndole que las disposiciones vigentes prohíben la asistencia a estos actos de las autoridades y corporaciones oficiales, con tal carácter, sin perjuicio de hacerlo como particulares, aunque sin ocupar puesto en la comitiva.
Zamora 2 de marzo de 1932
El Gobernador Civil,
(Fdo.) Quintanilla
Sr. Alcalde de Benavente.
DOCUMENTO 2
AUTORIZACIÓN A LA COFRADÍA DE JESÚS NAZARENO DE BENAVENTE PARA CELEBRAR SUS PROCESIONES DE SEMANA SANTA. 1932
Transcripción del documento
Gobierno Civil de la Provincia de Zamora
Negociado 3º
Número 699
Ayuntamiento de Benavente
Entrada Núm. 319
Negociado S
Fecha 21 del 3 de 1932
Visto un escrito del presidente de la Cofradía Jesús Nazareno, de esa ciudad, solicitando autorización para celebrar las procesiones de la llamada semana santa, he acordado acceder a lo que pide siempre que Vd. garantice la conservación del orden, previniéndole que las disposiciones vigentes prohíben la asistencia a dichos actos de las autoridades y corporaciones oficiales, con tal carácter, pudiendo concurrir como particulares, pero sin ocupar puesto de preferencia en la comitiva.
Zamora 19 de marzo de 1932
El Gobernador Civil,
(Fdo.) Quintanilla
Sr. Alcalde de Benavente
* * * * * * *
Comentario
Los dos oficios que reproducimos y transcribimos proceden del negociado del Gobierno Civil de Zamora y están dirigidos al Ayuntamiento de Benavente. En ellos se comunica a la Alcaldía de Benavente la resolución adoptada por la autoridad provincial en relación con las instancias efectuadas por los presidentes de las cofradías de la Semana Santa de Benavente. Dichas solicitudes tenían como objeto obtener autorización para celebrar las procesiones
“de la llamada semana santa”, según literalmente se expresa. Lo cual implica dado el término empleado, cuando menos, un cierto distanciamiento o asepsia con respecto a estas celebraciones por parte de las autoridades gubernativas del momento.
La primera comunicación está fechada en Zamora el 2 de marzo de 1932, mientras que la segunda, que se hace eco de una solicitud del presidente de la Cofradía Jesús Nazareno, de esta ciudad, lleva fecha de 18 de marzo del mismo mes. En estas misivas se informa de la autorización por parte del Gobierno Civil para la celebración de las procesiones, manifestando
“acordando acceder a lo solicitado” previa garantía del orden, y advirtiendo que las
“legislaciones vigentes” en el momento prohíben expresamente la asistencia a tales actos de las autoridades y corporaciones oficiales, al menos con carácter oficial o representativo. Únicamente se contempla que podrán asistir a título particular, pero
“sin ocupar puesto de preferencia en las mismas”. De todo ello se desprende, que era preceptiva la solicitud de autorización de tales actos públicos procesionales de acuerdo con la legislación vigente en el momento dado el carácter aconfesional del régimen republicano.
Los dos documentos o comunicaciones de oficio están suscritos por don Mariano Quintanilla Romero, a la sazón gobernador civil de la Provincia de Zamora, quien había sido designando para tal cargo por don Miguel Maura el 7 de octubre de 1931, responsabilidad que desempeñaría hasta el 16 de septiembre de 1932, fecha en que sería destituido. Había sucedido en el mismo al liberal republicano Juan Lafora García. Quintanilla adscrito al grupo político de la Agrupación al Servicio de la República, formado en su mayoría por intelectuales y profesores, había nacido en Segovia el 22 de noviembre de 1896, siendo por entonces profesor y escritor de reconocido prestigio que había llegado a Zamora como catedrático de filosofía. Formaba parte del círculo de intelectuales conocidos como la “Tertulia de San Gregorio”, llamada así por reunirse en esta antigua capilla segoviana. Ambas misivas u oficios están enviados al Ayuntamiento de Benavente, presidido desde 1931 por el alcalde don Alfredo García Enríquez, maestro de educación muy reputado en Benavente.
Juan Carlos de la Mata Guerra
Hermano Cofrade de Jesús Nazareno